Esta es la plataforma para la negociación del nuevo convenio del sector presentado por la mesa negociadora de los sindicatos presentada a los empresarios del sector. En los próximos días se pondrá en los tablones de los centros de trabajo dicha plataforma para que pueda ser leída por los trabajadores/as de los distintos centros de trabajo.
Plataforma de Negociación para el Convenio Colectivo del sector del COMERCIO E INDUSTRIA DE CONFITERÍA, PASTELERÍA, BOLLERÍA, REPOSTERÍA, HELADERÍA Y PLATOS COCINADOS
Ámbito temporal 1. Tres años de vigencia (2020, 2021 y 2022) .Denuncia del convenio dentro del último mes 2. El ámbito del convenio se extenderá a todas las actividades mencionadas en el art. 2 sin necesidad de que la fabricación sea la actividad principal y sólo con la única limitación de que estén afectadas por otro convenio colectivo.
Salario 1. Garantizar un salario mínimo de convenio de 14000€ anuales y fijar incrementos salariales del 2%. 2. Introducir un variable del 1.5 % ligada a conceptos medibles y cuantificables. 3. Incluir cláusula de revisión para que los incrementos salariales sean superiores al IPC. 4. Incluir dentro de las obligaciones empresariales, entregar a la RLT la masa salarial bruta segregada por género. 5. Recuperar el complemento de antigüedad 6. Remuneración durante el período vacacional anual de los pluses, complementos, incentivos o cualquier otra remuneración variable que perciba la persona trabajadora de forma habitual. 7. Eliminación del artículo 6 (compensación y absorción)
Jornada y tiempo de trabajo 1. Establecimiento de la jornada anual en 1800 horas. 2. Incorporar mecanismos que garanticen la participación de la RLT en la elaboración de los calendarios laborales, la distribución irregular de la jornada, bolsas de horas, ampliación y reducción de la jornada diaria. 3. Regular el derecho a la desconexión. 4. Especificar y clarificar los días de permisos como días laborables, incluido el de nacimiento de hijo. 5. Articulo 16. Establecer el descanso semanal en dos días continuados 6. Establecer un permiso de 16 horas anuales retribuidas para asistencia a médico de cabecera, acompañamiento a asuntos médicos de familiares de primer grado de consanguinidad y/o asistencia a asuntos escolares de hijos e hijas. Para asistencia a médico especialista el tiempo será el necesario. 7. Clarificar el abono de los festivos según comisión paritaria 8. Licencias sin sueldo de una duración máxima de tres meses 9. Para los permisos por hospitalización podrán ser sucesivos o alternos mientras dure la baja médica, a elección de la persona trabajadora.
Empleo y Contratación 1. Garantizar el uso adecuado de las modalidades de contratación para nuevas incorporaciones. Participando sindicalmente en los procesos de contratación y garantizando la justificación a la RLT sobre causas objetivas de utilización de otras modalidades de contratación. Estableciendo compromisos concretos sobre el uso de contratos indefinidos. Limitando los puestos o lugares de trabajo donde se puede usar el contrato temporal o no. Garantizando que el contrato eventual no pueda ser utilizado para hacer frente a la acumulación de tareas derivada de la ausencia de personal. Incrementando la indemnización para los casos de finalización del contrato. 2. Potenciar la jubilación parcial y el contrato de relevo como instrumento adecuado para el mantenimiento del empleo y rejuvenecimiento de plantillas. 3. Las empresas con más de cincuenta trabajadores reservarán en las contrataciones que se realicen a partir de la publicación de este Convenio Colectivo, el 2 por 100 de puestos de trabajo a personas con discapacidad. 4. Establecer los períodos de prueba en según lo establecido en el ET. 5. Revisión del sistema de clasificación profesional y en especial los ascensos
Externalización y ámbito funcional 1. Incluir cláusulas que garanticen la subrogación de la plantilla en caso de cambio de contrata por parte de la empresa principal cuando se mantenga la actividad o el servicio. 2. Incluir de forma concisa y efectiva el derecho de información, coordinación e intervención sobre las actividades externalizadas a otras empresas, así como competencias de tutela sobre los trabajadores de las contratas.
Salud Laboral y Medio Ambiente 1. Garantizar el acceso sin limitación temporal o geográfica de la información disponible por la empresa excepto aquella que está sometida a la protección de datos personales así como garantizar el derecho de presencia en todos los lugares de trabajo de la empresa y comunicación con los trabajadores para ejercer su derecho de vigilancia y control. Con carácter inmediato en caso de accidente. 2. Derecho a la presencia de técnicos y responsables sindicales en el centro de trabajo, así como el acceso a las instalaciones o espacios que se requieran desde un punto de vista preventivo. 3. Codecisión para la elección del Organismo colaborador de la seguridad social (Mutua). Preceptiva, motivada y vinculante. (desarrolla el art. 62.2 RD 1993/1995.) 4. Codecisión para la elección de Servicio de Prevención. Desarrollar el tratamiento de Enfermedades Profesionales por el SP Acordar que la contingencia común sólo y exclusivamente se llevará por el SPS y el INSS.
5. Clarificar que en situaciones de IT no se descuenta ningún importe de las pagas extraordinarias o clarificar en las tablas que el salario bruto mensual comprende la parte proporcional de pagas. 6. Establecer protocolos tales como: a. Actuación para situaciones relacionadas con potencial hostigamiento o acoso laboral. b. Actuación en los casos de riesgo en embarazo, lactancia y maternidad. c. Recurso preventivo en obras y actividades peligrosas. d. Riesgo grave e inminente con competencias para paralizar un trabajo por parte del trabajador/a y los delegados/as de prevención. 7. Elaborar un programa de medidas para intervenir de forma integral en Prevención y en reinserción, en relación con el consumo de alcohol y drogas. 8. En materia de medio ambiente y sostenibilidad, introducir la figura del Delegado de medio ambiente.
Igualdad 1. Se reconocerá en todas las licencias retribuidas tanto a matrimonios como a parejas de hecho que acrediten inscripción legal en el Registro Oficial competente. 2. Recoger cláusula de acumulación de lactancia
Formación 1. Intervención sindical en los planes de formación relacionándolos con las personas a que va dirigida en primer lugar en relación con los objetivos de la producción de la empresa a corto y medio plazo, así como en relación con los objetivos personales de formación. 2. Articular mecanismos que favorezcan la recualificación profesional y la acreditación de la experiencia de colectivos sin acreditación sin coste para las plantillas. 3. Establecimiento de itinerarios formativos coherentes relacionados con la clasificación profesional, movilidad, promoción y planificación de carreras que permitan cualificar y recualificar a los trabajadores y trabajadoras en la modificación de los procesos productivos, poniendo especial atención en la formación en competencias digitales. 4. Cada trabajador/a dispondrá, al menos, de una acción formativa anual de formación profesional en horario de trabajo. Las horas totales dedicadas a formación no serán inferiores al 2% de su jornada de trabajo anual
Derechos Sindicales 1. Acumulación anual de las horas sindicales gestionadas por el sindicato 2. Reconocer el derecho de la Sección Sindical a utilizar los medios informáticos de la empresa para comunicarse con la plantilla para temas que le son de interés.